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miércoles, 29 de enero de 2014

Cuando llegue a Colombia ¿Qué debo hacer?


El país es la cuarta nación en extensión territorial de América del Sur y, con alrededor de 47 millones de habitantes, la tercera en población en América Latina. Es la tercera nación del mundo con mayor cantidad de hispanohablantes. Colombia posee una población multicultural, en regiones y razas. Su población es, en su mayoría, resultado del mestizaje entre europeos, indígenas y africanos, con minorías de indígenas y afrodescendientes. En el Caribe colombiano hay una cantidad importante de descendientes del Medio Oriente. El producto interno bruto de paridad de poder adquisitivo de Colombia ocupa el cuarto puesto en América Latina y el puesto 28 a nivel mundial. El PIB nominal colombiano es el cuarto más grande de América Latina y ocupa el puesto 30 a nivel mundial.

Es una república unitaria de América situada en la región noroccidental de América del Sur. Está constituida en un estado social y democrático de derecho cuya forma de gobierno es presidencialista.




Visado o Visa

Los nacionales de los siguientes países no necesitan visado para entrar a Colombia:
Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda , Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Corea, Costa Rica, Croacia, Chipre, Dinamarca, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Filipinas, Finlandia, Francia, Granada, Grecia, Guatemala, Guyana, Honduras, Hong Kong, Hungría, Indonesia, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malasia, Malta, México, Mónaco, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República Dominicana, Rumania, Saint Kitts y Nevis, San Marino, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Singapur, Suecia, Suiza, Taiwán, Trinidad y Tobago, Turquía, Uruguay, Venezuela.
Tampoco requieren Visa de Visitante los portadores de pasaporte de Hong Kong - SAR.
Tampoco requiere Visa de Visitante Ecuador, por ser país integrante de la Comunidad andina de Naciones CAN 

Los ciudadanos de los países listados a continuación, no requieren visa de negocios para entrar a Colombia: Corea del Sur, Ecuador, España, Estados Unidos y Japón.
Vivienda 

Se pueden conseguir apartamentos a traves de Agencias de Finca raiz o por contactos directos con los dueños de los apartamentos, esta ultima opcion es la mejor, la agencias de finca raiz piden una gran cantidad de documentos ademas de que tenemos que pagarles el estudio de credito para otorgarnos un apartamento, con un Contacto directo con el dueño del inmuebles es mas facil.

Los papeles mas comunes son el Certificado Laboral, los recibos de pago de tus ultimos meses, algunas referencias de antiguos arrendadores y un formulario de solicitud de alquiler, hay mucho que piden depositos por sumas iguales al valor del alquiler mensual que son devueltos al final del contrato.

Colombia divide sus zonas urbanas en estratos, siendo el Estrato 1 y 2 las zonas mas humildes, los estratos 3 y 4 las zonas de clase media y los estratos 5 y 6 en las zonas mas acaudaladas y exclusivas, asi mismo los servicios publicos, los valores de alquileres y precios por Metro cuadrado, varian segun el estrato en el que se encuentren, cabe destacar que en los estratos altos (5 y 6) tienen costos adicionales ya que cubren subsidios obligatorios para los estratos 1 y 2 aparte del alto precio que se paga por vivir en las zonas mas acaudaladas de cada ciudad.

Trabajo

Por obligacion las empresas deben responder por las Pensiones de retiro y por los Seguros de Salud de sus empleados aunque no pagan el 100%, un pequeño porcentaje es pagado por el empleado y otro por el empleador.

Existen las primas y cesantias las cuales son pagadas como un salario anual, la mitad del salario a mitad de año y la mitad al final para las primas y un salario al año depositado anualmente en un fondo de cesantias las cuales solo podran ser retiradas si el empleado deja la empresa y con otras formas segun lineamientos del ministerio del trabajo Colombiano. En teoria un empleado recibe 14 salarios al año.

Legalizar su estadía en el páis

La Cédula de Extranjería es requisito indispensable cuando la estadía en el país es superior a noventa días, y debe solicitarse dentro de los primeros quince días después de entrar al país.

Los requisitos son:


  • Cuatro fotografías de frente. 3×4 cm
  • Grupo sanguíneo y RH.
  • Pasaporte vigente y visa para entrar a Colombia si la necesita (vea aquí los países a los que Colombia exige visado)
  • Formulario de solicitud debidamente diligenciado.
  • Consignación por 139.800 pesos colombianos
La cédula de extranjería tiene una vigencia igual a la de la visa. Si la visa es de residencia indefinida, debe renovarse cada cinco años. Cuando el extranjero es menor de edad también debe diligenciarse una Tarjeta de Extranjería. Para realizar este trámite el menor debe presentarse en compañía de su representante legal en la Dirección de Extranjería del DAS, o en cualquiera de sus seccionales, durante los primeros treinta días de ingreso al país. Si el niño o la niña es menor de siete años y los cumple durante su estadía, debe renovar la tarjeta cuando los cumpla.

Además, debe presentar los siguientes documentos: -   Pasaporte vigente y anterior si lo tiene
-   Cuatro fotos de 3×4 en blanco y negro. 
-   Consignación por el valor del trámite. Este trámite se demora 48 horas si se hace en Bogotá, y un mes si se hace en las seccionales del DAS en todo el país. 

Nacionalidad colombiana

Para obtener la nacionalidad colombiana debes seguir el siguiente trámite: -    Certificar que resides en Colombia.

  • Acreditar situación académica, profesión u oficio.
  • Demostrar conocimiento de temas colombianos como Constitución Política, historia y geografía de Colombia. Si no puede acreditarlo mediante un documento, debe presentar un examen en la gobernación del departamento donde haya fijado su domicilio. 
  • Acreditar situación militar si es hombre.
  • Tener los documentos de identidad vigentes
  • Lugar de origen, nacionalidad, residencia, identificación.

Y además, debes anexar los siguientes documentos: -    Solicitud escrita en donde se indique nombre completo, cédula extranjería, nacionalidad, fundamento de la solicitud, dirección, teléfono, ocupación u oficio.

  • Visa de residente no inferior a 5 años para personas provenientes de países no hispanos, un año para latinoamericanos y dos años para españoles.
  • Cédula de extranjería vigente.
  • Pasaporte o certificado de nacimiento del país de origen apostillado. Debe traducirlo con un traductor certificado si está en un idioma diferente al español
  • Declaración de renta o certificado de retención en la fuente de los dos últimos años o certificado de Contador Público.
  • Registro civil de matrimonio, si ha contraído matrimonio con una persona de nacionalidad colombiana o prueba idónea de la unión marital de hecho con una persona de nacionalidad colombiana.
  • Registro civil de nacimiento, si tiene hijos colombianos.
  • Cuatro fotos recientes de 4 x 5 cms, preferiblemente en fondo azul. Cuando tengas listos estos documentos, debes presentarte en la sede central del DAS; en la oficina de Coordinación de Nacionalidad, la cual te avisará si tu solicitud es o no aprobada. Cuando ésta sea aprobada, debes consignar 350.000 pesos colombianos (aproximadamente 130 dólares) a nombre del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores NIT No. 860.511.071-6 – en la cuenta corriente número 0060703019 del Citibank. El trámite se demora aproximadamente 10 meses. 

Matrimonio de extranjeros en Colombia
Los extranjeros que deseen casarse con colombianos dentro del país deben cumplir con los requisitos legales de matrimonio civil en Colombia, inclusive si éste se realizará por el rito religioso. Si éste es el caso, los contrayentes deben consultar las autoridades de sus respectivas iglesias, para averiguar cuáles son los requisitos necesarios.
Para contraer matrimonio no es necesario obtener una visa.
Salvoconductos
Si desea extender su visa después de que ésta se ha caducado, debe solicitar un salvoconducto, pues corre el riesgo de que su permanencia sea ilegal. En esos casos, debes dirigirte a la subdirección de extranjería del DAS, con los siguientes documentos:

  • Dos (2) fotos a color de 3×4 cms de frente
  • Visado 
  • Pasaporte vigente
  • Cédula de extranjería
  • Si es un trabajador con una visa temporal, debe presentar una certificación del empleador  en la que conste su vinculación laboral.

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