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miércoles, 29 de enero de 2014

Inscripción en el Registro de Matrícula Consular

Certificados del Registro de Matrícula, Cambio de Residencia a otro país o a España

Cuando un español cambie de residencia o se traslade temporalmente a otro país, deberá darse de alta en el Registro de Matrícula Consular del Consulado de España que corresponda a su domicilio.
Si su traslado es a España, deberá empadronarse en la ciudad de su residencia y obtener su Documento Nacional de Identidad, de no poseerlo, para ello deberá solicitar en el Consulado de España donde realizó su inscripción la correspondiente baja consular y empadronarse en su nuevo destino.
Los Españoles que se encuentren inscritos en el Registro Consular podrán solicitar Certificaciones acreditativas de su situación (certificados de residencia, fe de vida, baja consular, según sea su caso).

Los españoles que se encuentren en el extranjero deberán inscribirse en el Registro de Matrícula Consular del Consulado General de España o en la Sección Consular de las Embajadas. La inscripción podrá ser como residente o no-residente, la primera se aplicará a la persona que traslada su residencia al extranjero y la segunda a quien se encuentra temporalmente fuera de España.
En todo caso, la no inscripción en el Registro de Matrícula Consular no afecta la protección consular que corresponde a los españoles que se encuentren en el extranjero.
Los requisitos para la inscripción en el Registro de Matrícula Consular son los siguientes:

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN PARA RESIDENTES
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA RESIDENTES
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN PARA NO RESIDENTES
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA NO RESIDENTES

La inscripción en el Registro de Matrícula Consular puede realizarse también a través de las oficinas consulares honorarias.

Las personas que han adquirido la nacionalidad española por residencia, han de realizar la insripción, en caso constrario, transcurrido 3 años, perderán la nacionalidad española, por no ejercicio de la misma.


EN CUALQUIERA DE LOS DOS CASOS SE RECOMIENDA MANTENER PERMANENTEMENTE ACTUALIZADO EL DOMICILIO EN EL PAIS DE RESIDENCIA.

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